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COVID-19: los afiliados al IOMA no deben pagar ningún monto por atención odontológica de urgencia

La obra médica considera cobro indebido odontológico a toda suma que se solicite por prestaciones odontológicas según “módulo de atención COVID-19”.

El Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) informa a sus afiliados y afiliadas que NO deben abonar ningún monto que se exija por la atención odontológica de urgencia realizada en el contexto actual de pandemia y que se considera cobro indebido odontológico a toda suma que se solicite por prestaciones odontológicas según “módulo de atención COVID-19”.

En el marco de la cuarentena obligatoria, IOMA acordó con la Federación Odontológica de la provincia de Buenos Aires y la Sociedad Odontológica de La Plata (SOLP) que se llevará a cabo la atención de las urgencias con carácter excepcional bajo las recomendaciones sanitarias indicadas por los organismos de la salud.

En estas atenciones de urgencias, los afiliados y afiliadas de IOMA NO deberán abonar ninguna suma correspondiente a uso de material descartable bajo la nominación de módulo de atención COVID-19. El valor de la prestación será abonado por la obra social al profesional, a través de la Sociedad Odontológica o de la Federación, pero de ninguna manera debe ser solventado por los pacientes.

Si bien no corresponde ningún pago bajo la figura de descartables, o kits de seguridad COVID-19, si en el marco de la pandemia y de la emergencia sanitaria alguna persona que asistió a una consulta odontológica pagó por materiales descartables, deberá exigirle al profesional la factura o recibo correspondiente para tramitar el reintegro ante la Delegación de IOMA. De no recibir factura, podrá denunciar la situación en la página web de la obra social y ésta sancionará a los y las profesionales que hayan realizado el cobro indebido.

Normas de bioseguridad

En tanto, se recuerda que atento a lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, respecto de la atención odontológica en el marco de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, se establecieron normas de bioseguridad para las prácticas de urgencia o emergencia odontológica que deben respetar tanto los prestadores profesionales, como los afiliados y afiliadas:

El profesional DEBE estar protegido con: camisolín y cubre zapatos descartables e impermeables, cofia, gafas de protección ocular, pantalla facial protectora, guantes de látex, barbijo N95.

Asimismo, el paciente debe concurrir solo al consultorio odontológico, sin acompañante, y siempre que la urgencia no haya podido resolverse por vía telefónica. Además debe responder unas preguntas referentes a su estado general de salud, descartando que se encuentre padeciendo alguno de los síntomas causantes del COVID-19, o si se encuentra en cuarentena por retorno de viaje al exterior.

Para finalizar, es necesario destacar que los y las profesionales que atiendan por urgencias a los afiliados y afiliadas del IOMA en consultorio por alguna de las prácticas que están reconocidas en el módulo COVID-19, no deben exigir el bono odontológico, ni cobrar ningún monto a nuestros afiliados.

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